CUSTODIA COMPARTIDA

En el IX Congreso (Inter)Nacional de Psicología Jurídica y Forense que se celebró en Madrid, el pasado mes de febrero, estudios presentados demuestran que entre las distintas modalidades de custodia, la compartida es positiva para los hijos de padres divorciados. Supone el reparto al 50% de derechos y obligaciones.

Los resultados de estos estudios concluyen que los niños con custodia compartida están mejores adaptados que los que están en régimen de custodia exclusiva, manifiestan menos problemas de conducta, mayores niveles de autoestima, autovaloración y confianza en si mismos, obtienen mas logros en el rendimiento académico, mejor adaptación escolar y ajuste post-divorcio. En general, mejores resultados en el desarrollo de los niños.

Por otra parte, los progenitores mantienen mejores relaciones paterno-filiales, se encuentran satisfechos con ellas y los hijos presentan mejores relaciones con ambos progenitores, en relación al tipo de relación y tiempo de permanencia con ambos.

Como requisito, los padres han de estar sanos e involucrados en la vida diaria del menor (colegio, actividades extraescolares, vida social). Es decir, ambos han de ser reconocidos como progenitores competentes, tener capacidad para llegar a acuerdos, que exista comunicación fluida y satisfactoria, coparentalidad antes de la separación, proximidad de domicilios, habilidades educativas  y recursos personales, económicos.

Entre las ventajas, además de reparto de la responsabilidad de cuidar y educar a los hijos, se reducen gastos en litigios y hay posibilidad de desarrollo profesional y personal.

Se desaconseja cuando hay desequilibrio económico, conflictividad, problemas en la atribución de la vivienda conyugal o por imposición judicial

Se recomienda la siguiente bibliografía: Padres e hijos después del divorcio. J. Wallerstein